Como cada año la Agencia Tributaria abre plazo para que sus contribuyentes realicen la declaración del régimen fiscal anterior. Con un panorama muy preocupante debido a que muchos trabajadores durante el 2020 se vieron afectados por ERTE o ERE y desempleo, existe todavía la incertidumbre respecto a las rentas y tramos de la declaración, por ello, en este artículo te despejamos las dudas.
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Las rentas funcionan como una clasificación de los ingresos obtenidos de las personas contribuyentes residentes en España durante un año natural en función de su procedencia. En este sentido, la renta incluye los rendimientos que obtuvo el ciudadano durante ese periodo: salarios, dividendos e intereses, inmobiliario, acciones, entre otros.
De esta manera, se compone la renta general, según lo establecido en el Art. 45 de la LEY 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio. Y que conlleva a un mayor o menor pago de impuestos al momento de realizar la declaración del IRPF, organizadamente en función de lo que ha adquirido.
El IRPF es el impuesto que obliga a las personas a contribuir en función de los ingresos y situación personal. Como sabemos, en la declaración de la renta se paga por todo lo que se ganó durante un año, sea cual sea el origen. Es así como, la renta se considera impuesto progresivo por tramos, quiere decir que: cuanto más se gana, más se debe pagar.
Cabe aclarar que, durante el año los ciudadanos adelantan a la agencia tributaria el pago de sus impuestos, como por ejemplo los trabajadores que poseen una retención del IRPF en su nómina. Lo mismo con los autónomos, en la factura también se les retiene un porcentaje establecido.
Del mismo modo, para presentar el borrador es importante conocer las rentas y tramos de la declaración actual. El tramo es un baremo, en el que se aplica un porcentaje diferente tomando en cuenta la base general del IRPF. Para la declaración actual se debe considerar la tabla del año 2020:
Tramos IRPF 2020 | Tipo total |
Desde 0 hasta 12.450€ | 19% |
De 12.450€ a 20.200€ | 24% |
De 20.200€ a 35.200€ | 30% |
De 35.200€ a 60.000€ | 37% |
Más de 60.000€ | 45% |
No obstante, tras la subida de impuestos en el 2021. Los tramos representados de forma progresiva que se aplican y que deben tomarse en cuenta a partir de ahora quedan en:
Tramos IRPF 2021 | Tipo total |
Desde 0 hasta 12.450€ | 19% |
De 12.450€ a 20.200€ | 24% |
De 20.200€ a 35.200€ | 30% |
De 35.200€ a 60.000€ | 37% |
De 60.000€ a 300.000€ | 45% |
Más de 300.000€ | 47% |
En este sentido, cuando hacienda detalla que las cantidades de lo que se debe pagar son excesivas de algunos ciudadanos, según el tramo, existe el derecho a devolución. Por ende, una vez que los contribuyentes realicen la declaración durante el periodo actual (7 de abril al 30 de junio de 2021) y ya conozcan que la Agencia Tributaria les devuelve, deben saber que hay plazo para que se realice hasta el 30 de diciembre. Y si te toca pagar debes hacerlo antes del 25 de junio o si es fraccionado antes del 9 de noviembre.
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