Primero debemos definir ¿qué es la mediación? La mediación es un sistema alternativo de resolución de conflictos, que permite a dos o más partes llegar a un acuerdo. Los conflictos de arbitraje por su parte, es la decisión que toma una persona, emitiendo una sentencia de cumplimiento obligatorio.
El propósito del mediador es colaborar con la resolución del conflicto. La clave para ello, es saber cómo gestionar el problema y las posibles soluciones que pueda tener. A continuación, algunos principios que debe cumplir el mediador.
La diferencia notoria entre los conflictos de mediación y el arbitraje, es que la primera busca la mediación de un acuerdo de manera voluntaria. Mientras que, en el arbitraje uno o más jueces (normalmente nombrados por las partes), se pronuncian con la resolución del conflicto ( con carácter obligatorio). En este proceso ambas partes se esfuerzan por convencer al juez tenga en cuenta sus demandas.
Algunas de las fases para resolver los conflictos de mediación y arbitraje es explicar de forma estructurada, los procedimientos que se llevarán a cabo para la resolución de un conflicto previo. Algunas de ellas son:
Es importante considerar la estructura de negociación colectiva y los procesos cuando existe un conflicto. En sentido general, la negociación entre las empresas y los trabajadores (o sindicatos), tienen como objetivo el acuerdo sobre condiciones de trabajo que complazca ambas partes.
Indica el marco en que se deben realizar las negociaciones entre los empresarios y los trabajadores, el Consejo de Relaciones Laborales realiza una detallada investigación sobre la estructura cada dos años; debido a que es necesario conocer la distribución de los empleos en las empresas privadas. A mediados de 2023 uno de cada cuatro trabajadores ha renovado su convenio.
Sindicato de los trabajadores:
El derecho a la participación de los empleados en la empresa se representa a través de los delegados y comités de empresas. Según el Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre establece:
“La representación de los trabajadores en la empresa o centro de trabajo que tengan menos de 50 y más de 10 trabajadores. Igualmente podrá haber un delegado de personal en aquellas empresas o centros que cuenten entre seis y diez trabajadores, si así lo decidieran estos por mayoría”.
Decreto Legislativo 2/2015
Para iniciar las negociaciones del convenio, es necesaria la representación de trabajadores y de los empresarios; la misma deberá hacerse por escrito con los objetivos a negociar y los ámbitos del convenio colectivo. Por otra parte, los receptores del escrito sólo pueden negarse a la iniciación de las negociaciones por causa legal o convencional, en ambos casos se debe contestar por escrito.
Como resumen, los conflictos de mediación y arbitraje son una estrategia para la resolución de un problema. La elección entre ambos métodos dependerá de la magnitud del conflicto y la cooperación de las partes. Mientras que la negociación colectiva, el vocero es elegido por mayoría de los empleados para su representación
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